Diputados aprueban Ley de Educación para implementar uso de Internet


  • Se aprobó también la Ley de Fomento a la Donación Altruista de Alimentos.


En el marco de la sesión ordinaria número 19, el Pleno de la XIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó la nueva Ley para Fomentar la Donación Altruista de Alimentos, además de reformas a la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo.

Las reformas a la Ley de Turismo, tienen como meta contribuir a la protección de los derechos humanos de quienes visitan nuestra entidad.

A todos aquellos visitantes que se encuentren en territorio de Quintana Roo y que expresen una queja por sentir vulneradas sus garantías individuales o derechos humanos, deberán ser atendidos por las instancias correspondientes, en este caso las quejas serán turnadas de inmediato a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (CDHEQROO).

En otro orden de ideas, el diputado Ramón Loy Enríquez, presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático rindió su informe de labores como presidente de la Mesa Directiva del mes anterior, en el que destacó la entrega de la Medalla al Mérito Mujer Distinguida Quintanarroenses a Silvia Astrid Hadad Estéfano.

Entre las iniciativas aprobadas durante su permanencia en la Mesa Directiva, se encuentra la aprobación de una reforma a la Ley de Educación del Estado mediante la cual se implementará en las escuelas de educación básica, el uso del Internet como una herramienta tecnológica que coadyuve en el aprendizaje de los educandos; así como reformas al Código Fiscal del Estado de Quintana Roo y a la Ley Sobre el Uso de Medios Electrónicos, Mensajes de Datos y Firma Electrónica Avanzada, entre otras.

En la Sesión Ordinaria número 19, el Pleno Legislativo aprobó también reformas a la Ley de Fomento a la Donación Altruista de Alimentos.

Presentada por la diputada Leslie Berenice Baeza Soto, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, la Ley de Fomento a la Donación Altruista de Alimentos tiene como objetivo sentar las bases jurídicas para combatir la pobreza alimentaria y la desnutrición.

La Ley promoverá, orientará y regulará las donaciones de alimentos susceptibles para consumo humano para contribuir a la satisfacción de las necesidades alimentarias de la población.

Los sujetos de derecho serán aquellas personas físicas que reciben a título gratuito, los productos otorgados por el donante, y que tiene la característica de carecer de recursos económicos suficientes para obtener total o parcialmente los alimentos que requiere para subsistir.

Por su parte, la nueva Ley establece que los donatarios darán prioridad en la repartición de los productos alimenticios a los asilos, casas hogar y todas aquellas instituciones de asistencia que cuenten con necesidades alimentarias.

A través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el Ejecutivo levantará un Padrón de donantes, donatarios (beneficiarios) y sujetos de derechos para dar certeza a la participación de las instituciones en el destino final de los productos alimenticios donados.

La nueva Ley faculta al DIF a entregar anualmente un reconocimiento público a los donantes de alimentos que se hayan distinguido por sus contribuciones, pudiendo incluso ser objeto de un incentivo fiscal a través de la Secretaría de Hacienda.

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