Semáforo para diputados, deberán pagar por sus pifias


Israel Cárdenas/SIPSE

Mérida, Yucatán. A partir del segundo semestre del año, los ocho partidos en Yucatán están regidos por un "semáforo" de multas (amarillo y rojo) que impone el volumen de la falta que deberán pagar por sus pifias en la operación de los recursos públicos que reciben.

La aplicación de este semáforo está a cargo de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (Ipepac), que clasificó con el color amarillo las multas "formales" para castigar las faltas medias, y con rojo las "sustantivas", con las cuales penalizarán las sumamente graves.

Bajo este sistema, se revisará el gasto de los partidos para precampaña electoral, campaña política e informes anuales.

Las multas "formales" serán aplicadas cuando un instituto político incurra en incumplimiento del llenado o presentación de documentos.

Para determinar las sanciones se establecieron rangos que van de cinco en cinco, es decir, si comete de uno al cinco errores se aplicará 75 días de salarios mínimos, y éstos se incrementarán conforme la Unidad de Fiscalización encuentre más faltas.

Lo mismo sucederá con las irregularidades más graves, pero con una multa mínima de 125 salarios.

El titular de la Unidad de Fiscalización del Ipepac, Jorge Mimenza Orosa, reveló que estas multas formales son complementadas por un rubro denominado "reincidencias" en el que se sumarán cinco o diez días de salarios mínimos contra el partido político por cada irregularidad que sea comprobada que éste haya efectuado en años anteriores.

"La idea de sancionar la reincidencia es que un partido deje de cometer el mismo tipo de falta año con año, por eso se le pone un porcentaje adicional a la falta cometida".

Este año el "semáforo" fue estrenado por el PAN, PSD y PRD que tuvieron multas "formales" de 80 mil 10 pesos, 14 mil 770 pesos, y 68 mil pesos, respectivamente.

Hasta el proceso electoral local de 2010 y 2011, las multas aplicadas por la Unidad de Fiscalización eran a criterio, las cuales, luego de ser confirmadas por el Consejo General del Ipepac, eran apeladas por los partidos ante el Tribunal Electoral del Estado para obtener una reducción, ya que argumentaban "excesos" del árbitro electoral.

En entrevista, el titular de Fiscalización del Ipepac, Jorge Mimenza Orosa, afirmó que el "semáforo" fue aprobado por unanimidad en el Acuerdo 162 del Consejo General del Ipepac, el 19 de noviembre de 2011, pero entró en vigor este semestre.

Calcularán las sanciones por medio del color

Las nuevas disposiciones de fiscalización del Ipepac permitirán a los partidos calcular y prever a cuánto ascenderá el monto de las multas que pagarán al presentar sus informes de gastos ante dicho órgano electoral.

La Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (Ipepac) creó un "semáforo" de multas para clasificar el grado de sanción a aplicar a los partidos que incurran en irregularidades en el manejo de los recursos.

Las faltas más graves las indicó de color rojo, denominadas "sustantivas".

Éstas, a diferencia de las "formales" marcadas con color amarillo, se individualizan y se califican una por una, de acuerdo con su gravedad podrían ser calificadas por la autoridad hasta por el doble de las mismas.

La instancia fiscalizadora del Ipepac puso como ejemplo que si un partido dejara de gastar como mínimo el dos por cietno de su financiamiento público para el rubro de "liderazgo, capacitación y desarrollo de la mujer", que los lineamientos técnicos marcan como obligatorio; entonces la multa sería el equivalente a ese porcentaje de financiamiento público que recibieron para actividades ordinarias para el ejercicio fiscal en cuestión.

Lo anterior sucedería en caso de que no gastaran algo del porcentaje para el rubro señalado. Si la Unidad de Fiscalización del Ipepac comprueba que determinado partido sólo utilizó una parte de ese dos por ciento destinado para el área de la mujer; entonces la multa sería por el monto de la parte faltante.

Otro ejemplo es que si un candidato o partido se excede de los topes de campaña acordado con el Consejo General del Ipepac, la sanción sustantiva sería por el importe en que se excedió.

En este contexto, si el tope de campaña fuera de 100 mil pesos para gastar, pero determinado partido se excedió hasta llegar a los 150 mil pesos, la sanción sería de 50 mil pesos.

La Unidad Técnica de Fiscalización también informó que el rubro de "falta sustantiva" tiene además un apartado para aplicar porcentajes adicionales, las cuales están clasificadas en graves ordinarias, graves especial, grave mayor y particularmente grave.

Hace unas semanas se informó que la Unidad Técnica de Fiscalización del Ipepac multó al PAN, al PSD y al PRD por irregularidades en sus gastos de precampaña electoral que, incluso, no pudieron solventar en los dos plazos que le concedió esa instancia, por lo que se convirtieron en los únicos en ser sancionados en el proceso 2012 para gobernador, diputados locales y presidentes municipales. La sanción para el PAN es de 80 mil 10 pesos, para el PSD de 14 mil 770 pesos, y para el PRD por 68 mil pesos.

Publicar un comentario

0 Comentarios